Luego de más de cuatro años de inacción sobre la petición de matrimonio, 16 constitucionalistas y destacados juristas de Colombia dirigen una Carta Abierta a la Corte Suprema de Justicia de Panamá, pidiendo que promulgue el matrimonio civil para parejas del mismo sexo. A diferencia de la situación local, en Colombia la Corte Constitucional legalizó el matrimonio para parejas del mismo sexo en 2016, solo nueve meses después de conocer el caso que se les presentó.
Estimadas/os Magistradas y Magistrados:
Como grupo conformado por ex-integrantes de la Corte Constitucional y Corte Suprema de Justicia de Colombia, de decanos, decanas, y docentes de distintas Facultades de Derecho de universidades de Colombia, nos dirigimos a ustedes, honorables Magistradas y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Panamá para brindar algunos elementos y consideraciones para el estudio del Expediente No. 1042/16 en relación con el matrimonio entre parejas del mismo sexo.
Realizamos esta intervención con el mayor respeto por la autonomía e independencia de la Corte Suprema de Panamá pero con la convicción de que estos elementos jurídicos de derecho internacional y de derecho constitucional comparado pueden ser útiles para la importante decisión que deben tomar.
El constitucionalismo latinoamericano ha experimentado importantes transformaciones en las últimas décadas.
Nuestros textos constitucionales y las interpretaciones que se derivan de los mismos han impulsado debates necesarios sobre la garantía efectiva de los derechos de todos los sectores de la población, particularmente de aquellos que han sido históricamente relegados al ejercicio de ciudadanías incompletas o de segunda clase. Dentro de esas importantes discusiones se ha ubicado el debate sobre los derechos de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas, especialmente sobre el reconocimiento de la protección de sus vínculos familiares.
Por la vía judicial, en países como Colombia, la Corte Constitucional, desde la década de 1990, ha emitido más de 150 sentencias que han reconocido progresivamente los derechos de las personas lesbianas, gay, bisexuales y trans en diferentes ámbitos de la vida como la familia, el trabajo, el derecho a la identidad personal, el nombre, entre otras cuestiones. En relación al asunto del matrimonio igualitario, reconoció que las parejas del mismo sexo constituyen familia y que debían gozar de la misma protección que la Constitución otorga a las familias conformadas por parejas heterosexuales. La Corte consideró que el tenor literal del artículo 42 de la Constitución, que dice que una de las formas de conformar la familia es “por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio”, no debía ser entendido como un impedimento al reconocimiento por el juez constitucional del matrimonio igualitario.
Sin embargo, Colombia no ha sido el único país en reconocer el matrimonio entre parejas del mismo sexo en el hemisferio. Brasil, mediante su Consejo Nacional de Justicia sentenció desde 2013 que aquellas uniones celebradas entre parejas del mismo sexo con anterioridad a su sentencia podían ser registradas por las autoridades como matrimonios a solicitud de los miembros de la pareja. En la vía legislativa, países como Argentina y Uruguay han aprobado leyes sobre matrimonio igualitario. El primero, que desde el año 2010 aprobó la ley 26.618 sobre matrimonio entre parejas del mismo sexo, y, siguiendo con esta línea, el segundo, tiene desde 2013 una ley que reconoce el derecho de estas parejas a acceder al matrimonio (Ley 19.075).
A propósito de estos cruciales avances en el reconocimiento de los derechos de esta población, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, nuestro tribunal regional, ha expedido tres sentencias contenciosas y una opinión consultiva en la que se afirma que la orientación sexual y la identidad de género de las personas son categorías protegidas por el principio de igualdad y no discriminación consagrado en el art. 1.1 de la Convención Americana. En particular, a partir de la sentencia del caso Atala Riffo e hijas vs. Chile, de 2012, la Corte reconoció que las personas LGBT han sido objeto de una discriminación histórica por el rechazo hacia sus orientaciones sexuales diversas, y que esas condiciones de desigualdad estructural impactan de forma desproporcionada todos los ámbitos de su vida, inclusive su derecho a conformar una familia.
La Corte Suprema de la República de Panamá tiene la oportunidad histórica de entrar en ese diálogo jurisprudencial y contribuir a la consolidación de ese ius commune latinoamericano, no sólo honrando su tradición de cumplimiento con los compromisos que ha adquirido internacionalmente, mediante la adopción de una sentencia que recoja el precedente de la Corte Interamericana de la OC-24/17, sino demostrando además que es una nación diversa, plural y comprometida con el avance de los derechos de toda su población. El reconocimiento del matrimonio igualitario haría que Panamá pueda incorporarse a las naciones de América Latina comprometidas con la consolidación del diálogo judicial y la cooperación armónica para el reconocimiento de los derechos humanos de todas sus ciudadanas y ciudadanos sin discriminación.
Con sentimientos de consideración y respeto, se dirigen a ustedes, atentamente:
Rodrigo Uprimny Yepes, Catalina Botero Marimo, Luis Ernesto Vargas Silva, Mauricio Albarracín Caballero, Nestor Iván Osuna Patiño, Magdalena Correa Henao, Manuel Alberto Restrepo Medina, Alma Luz Kadue Beltrán y Puga Murai, Vanessa Andrea Suelt Cock, Johanna del Pilar Cortés Nieto, Julio César Gaitán Bohórquez, Andrés Gómez Rey, Grenfieth de Jesús Sierra Cadena, Rocío del Pilar Peña Huertas, Manuel Fernando Quinche Ramírez, Diana Carolina Valencia Tello
Más del 80% de las personas en las Américas viven en países que han legalizado el matrimonio civil para parejas del mismo sexo.
Es un derecho que garantizan en Canadá (2005), Argentina (2010), Brasil (2013), Uruguay (2013), Guyana Francesa (2013), Estados Unidos (2015), México (19 Estados-2016), Colombia (2016), Ecuador (2019), Costa Rica, (2020).
Durante este tiempo de crisis económica y de salud, las parejas del mismo sexo en Panamá necesitan la protección del matrimonio más que nunca. No demoremos más el progreso.